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Otras02 de diciembre de 2014Este este lunes 1º de diciembre comienza a regir el sistema de Mediación Prejudicial Obligatoria (MPO) en materia de Familia, en los nodos Santa Fe, Rosario, Venado Tuerto y Rafaela. Tendrá vigencia tras la aplicación progresiva de la Mediación en temas de civil y comercial, implementada a partir del 29 de noviembre de 2011 en la provincia.
Desde el área explicaron que serán objeto de mediación familiar los conflictos entre personas unidas por vínculos familiares que guarden relación con alimentos definitivos entre cónyuges o convivientes y derivados del parentesco; tenencia de niños, niñas y adolescentes salvo motivos graves; régimen de comunicación entre adultos y niños, niñas y adolescentes, incluyendo abuelos y miembros de la familia extensa, salvo motivos graves; administración y enajenación de bienes sin divorcio en casos de controversias; separación personal o separación de bienes sin divorcio en el supuesto del artículo 1294 del Código Civil; cuestiones patrimoniales derivadas del divorcio, separación de bienes y nulidad del matrimonio; reparto de bienes en uniones convivenciales; atribución del hogar asiento del núcleo familiar; daños y perjuicios derivados de las relaciones de familia.
Para facilitar y mejorar el acceso al sistema se habilitaron salas de mediaciones gratuitas que funcionarán en horario vespertino. En Rosario lo harán en la sede del gobierno provincial -Santa Fe 1950- y en el Centro de Asistencia Judicial (CAJ) -Moreno 1763-; en Santa Fe en el CAJ, ubicado en Salta 2483; en Venado Tuerto en la Agencia de Gestión de Mediación (Agem), ubicada en Santa Fe 770, y en la Agem de Rafaela, Ituzaingo 52.
CARACTERÍSTICAS DEL SISTEMA
Establecido por la Ley Nº 13151, la Mediación Prejudicial Obligatoria tiene dos características que la distinguen de la mediación del resto de las legislaciones (nacional y provinciales): la organización del sistema en la órbita del Poder Ejecutivo; y la incorporación de nuevas tecnologías de la información y la comunicación a todo el procedimiento, lo que le da mayor agilidad, economía y eficiencia al sistema.
Desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos explicaron que esta norma prevé que el lugar donde se lleve adelante la mediación no determina la competencia judicial, permitiendo un adecuado acceso a la justicia y la posibilidad de las partes de solucionar sus problemas interpersonales de manera autogestionada, en forma rápida y satisfactoria; atento que pueden participar del proceso de mediación en la localidad donde residen los interesados.
Actualmente el sistema de Mediación Prejudicial Obligatoria en materia civil y comercial –de causas a iniciarse en los Juzgados de Circuito y Distrito– está vigente en los nodos Rosario, Santa Fe, Venado Tuerto y Rafaela, incluyendo 23 localidades: San Javier, Rosario, Santa Fe, Santo Tomé, San Carlos Centro, Coronda, Villa Constitución, Villa Gobernador Gálvez, Las Rosas, Esperanza, Venado Tuerto, Rufino, Firmat, Melincué, Cañada de Gómez, Casilda, San Jorge, Gálvez, Sunchales, Ceres, San Jorge, María Juana, San Justo y Humberto Primo.
Desde la Dirección de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales recordaron que en tres años de vigencia del sistema se han solicitado 21.000 requerimientos de mediación, con resultados satisfactorios. Según las estadísticas: uno de cada cuatro casos llevados a mediación no ingresaron a la justicia. Es decir, que pudieron resolverse en esta instancia previa a través del diálogo y de la auto composición del conflicto.
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