Caso Perassi: todos absueltos, todos libres

El Tribunal a cargo sólo realizó breves consideraciones y se limitó a la lectura de la decisión tomada por unanimidad. En diez días se conocerán los fundamentos.

Provinciales02 de mayo de 2019Las Rosas DigitalLas Rosas Digital
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Una multitud siguió por pantalla gigante, ubicada en la puerta del Centro de Justicia Penal de Rosario, el fallo que leyó la Dra. Griselda Strólogo, presidenta del Tribunal a cargo del juicio por la desaparición de Paula Perassi. La decisión del mismo fue unánime. A ella la acompañaron el Dr. Álvaro Cmapos y la Dra. Mariel Minetti. 

La decisión, seguida con profundo pesar por los padres de Paula y los presentes, fue absolver a Gabriel Héctor Strumia, Roxana Andrea Michl, Antonio Darío Díaz, Mirta Dominga Ruñisky, Adolfo Daniel Puyol, Jorge Enrique Krenz, Aldo Gomez, Gabriel Mario Godoy y Maria Jose Galtelli por la aplicación del estricto beneficio de la duda.

Gabriel Strumia, Roxana Michl, Antonio Darío Díaz y Mirta Ruñisky habían sido acusados por el fiscal Donato Trotta por los delitos de “privación ilegítima de la libertad agravada y aborto sin consentimiento seguido de muerte en calidad de coautor y en concurso real solicitando la pena de prisión perpetua”.

Los policías que corrieron la misma suerte son Adolfo Daniel Puyol (acusado del delito de “encubrimiento por favorecimiento personal y real y por no denunciar la perpetración de un delito cuando estaba obligado a promover la persecución penal de un delito de esa índole, agravado por su condición de funcionario público, e incumplimiento de los deberes de funcionario público en concurso real, en calidad de autor”.

Y Jorge Enrique Krenz, Aldo Gomez, Gabriel Mario Godoy y Maria Jose Galtelli, acusados por los “delitos de encubrimiento por favorecimiento personal, por no denunciar la perpetración de un delito cuando estaba obligado a promover la persecución penal de un delito de esa índole, agravado por su condición de funcionario público, e incumplimiento de los deberes de funcionario público, por sustracción y destrucción de objetos destinados a servir de prueba ante la autoridad competente y falsedad ideológica de instrumento público en concurso real, en calidad de autor solicitando la pena de 16 años de prisión efectiva e inhabilitación especial 10 años de ejercer cargos públicos”.

Fuente: SL24

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