
En un notable trabajo, la tarde de este lunes los Bomberos Voluntarios de San Genaro salvaron al animal que estaba en riesgo de vida.
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Otras08 de julio de 2009 D E C R E T O Nº 1 1 8 / 2 0 0 9
V I S T O :
La emergencia sanitaria dispuesta por la Ley Provincial Nro. 12982 ante la propagación de la gripe A (H1 N1), y
C O N S I D E R A N D O :
Que dentro de las obligaciones del DEM conforme términos de la Ley Orgánica de Municipalidades y Comunas, me he ocupado de considerar peticiones y sugerencias formuladas por diversos sectores y opiniones científicas sobre la materia.
Que merituando tales circunstancias se ha dictado el Decreto Municipal Nro. 117/09 como medida de urgencia advirtiendo que la salud de la población debía primar ante el interés particular, oportunidad en que concomitantemente fue elevado un petitorio al Gobierno de la Provincia de Santa Fe requiriendo expresa definición de criterios a seguir, por entender que deben adoptarse decisiones concordantes dentro del marco de medidas dispuestas en salud por los Ministerios de gobierno pertinentes atento que su alcance y complejidad exceden las facultades del municipio para su abordaje integral, no habiéndose recepcionado respuesta alguna.
Que es destacable el nivel de adhesión de la población ante la norma local, demostrando concientización ante la gravedad de la emergencia, aclarando que el carácter provisorio de la misma dependía del requerimiento referido en el párrafo precedente.
Que en reunión realizada en fecha 07/07/09 en Rosario convocada por el Ministerio de Salud Provincial y de Gobierno y Reforma del Estado, con la presencia de la Secretaria de Salud Dra. Débora Mónica Ferrandini quién ratificó que la posición adoptada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe se traduce en generar conciencia colectiva sobre la necesidad de asumir conductas de distanciamiento social y aislamiento voluntario de quienes presentan síntomas compatibles con el estado gripal, criterio coincidente con el adoptado por el Ministerio de Salud de la Nación, esta Municipalidad debe adherir a tales resoluciones atento que las medidas para ser eficientes deben ser adoptadas en todo el territorio, no surtiendo efecto disposiciones únicamente locales.
Que sin perjuicio de ello, estando en juego la salud y consecuentemente “la vida”, se advierte que el caso debiera contemplar acciones conforme criterios científicos y no limitarse únicamente a recomendaciones, viéndome obligado en tal sentido a hacer referencia a reserva de responsabilidad hacia los ámbitos de los pertinentes Ministerios de Gobierno de quienes depende la salud pública.
Por ello;
El Intendente Municipal de Las Rosas, en uso de facultades que le son propias,
D E C R E T A
Art.1º: Adherir a la Emergencia Sanitaria dispuesta por Ley Provincial Nro. 12982/09 y en consecuencia a disposiciones y recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación y Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe y conforme a las mismas promover la concientización comunitaria de adoptar conductas de distanciamiento social y aislamiento de quienes presenten síntomas compatibles con estado gripal.
Art.2º: Dispónese la suspensión de toda actividad organizada por esta Municipalidad que remita a concentración de personas .-
Art. 3º:Continúese con la participación activa del DEM en el comité de crisis conformado por gobiernos locales santafesinos con motivo de la Gripe A (H1 N1)
Art.4º:Comuníquese fehacientemente por Inspectores del DREI a todos los comercios locales, como asimismo a todo solicitante de habilitación de evento, criterios aconsejables con motivo de la gripe A (H1 N1), requiriéndose suscripción de las mismas por el responsable en cada caso. Agrégase como parte del presente el comunicado pertinente.
Art. 5º :-Regístrese. Comuníquese. Publíquese . Dése amplia difusión a través de la oficina de prensa. Dése al R.M. y archívese.- Las Rosas, 08 de Julio de 2009.-
D E C R E T O Nº 1 1 9 / 2 0 0 9
V I S T O :
La Decisión Administrativa Nº 572 del Jefe de Gabinete del Gobierno Nacional;
y el Decreto del Superior Gobierno de nuestra Provincia Nº 1274 de fecha 07 de Julio de 2009 , que dispone asueto para el personal de la Administración Pública Provincial áreas centralizadas, descentralizadas, autárquicas y empresas del estado provincial, el día 10 de Julio del año en curso, y
C O N S I D E R A N D O :
Que la medida dispuesta se realiza en el marco de la situación existente vinculada a la pandemia de Gripe A (H1N1) ;
Que la resolución oficial del gobierno nacional se adopta como medida preventiva relacionada con la cadena de contagio e invita a los organismos públicos y privados a implementar medidas similares con motivo del avance de la pandemia de influenza A;
Que este Departamento Ejecutivo Municipal estima prudente adherir a las normas mencionadas en el contexto de crisis actual , otorgando asueto administrativo en esta administración Municipal el día 10 de Julio del corriente año ; tornando necesario aplicar medidas tendientes a efectivizar la recomendación realizada a nuestra población en el Decreto Nº 118/2009, “evitar concentración en ámbitos públicos o privados, adoptando medidas preventivas en tal sentido ”
Que se exceptúan de este asueto los agentes de las áreas operativas que brindan servicios esenciales y guardias mínimas ;
Por ello;
El Intendente Municipal de Las Rosas
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Adherir al Decreto del Superior Gobierno de nuestra Provincia Nº 1274 de fecha 07 de Julio de 2009 . Declárase asueto en el ámbito de esta Administración Municipal, el día 10 de Julio de 2009 , con motivo de los considerandos precedentes.-
ARTICULO 2º:- Quedan exceptuados de este asueto los agentes municipales que presten guardias mínimas y servicios esenciales y/o especiales, para poder garantizar el normal desenvolvimiento de las áreas operativas en tareas de rutina y/o especiales programadas.-
ARTICULO 3º :-Regístrese, comuníquese, publíquese , dése al R.M. y archívese.-
Las Rosas,08 de Julio de 2009.-
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