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title: "Las Parejas: difusión de la Ley 27211 Derechos Formativos en el Deporte"
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description: "En la noche del miércoles 3 de marzo, se realizó en instalaciones del Sportivo A. C. de Las Parejas, una charla sobre la Ley 27211 Derechos Formativos en el Deporte."
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  - "derechos"
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# Las Parejas: difusión de la Ley 27211 Derechos Formativos en el Deporte

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Participó la diputada nacional Claudia Giaccone, autora de dicha norma legal junto al Dr. Norberto Outerelo, abogado, docente de Derecho del Deporte y autor del libro “Justicia Deportiva”.

En la reunión los presentes, fundamentalmente dirigentes de clubes y medios de prensa, pudieron preguntar sobre los derechos que establece la Ley 27211 para los clubes formadores de deportistas, entendiéndose así el adiestramiento, entrenamiento y perfeccionamiento de la calidad y destreza del atleta involucrado en la práctica de una disciplina amateur o profesional desde la infancia.

Luego del encuentro el Dr. Outerelo expresó que*“la 27211 significa un gran avance en el campo jurídico-deportivo y un justo reconocimiento de derechos a esas instituciones que tanto hacen en pos de la formación de jóvenes atletas. Ahora seguramente la práctica, la jurisprudencia y su interpretación posterior, irán confortando los conceptos que son el contenido esencial de esta ley”.*

*“Entendemos, sobre todo, que es un buen incentivo para que, de una vez por todas, las federaciones regulen razonable y eficazmente este derecho, que les ha sido negado durante muchísimo tiempo, sobre todo a los clubes del interior de la República Argentina”,* concluyó.

Giaccone por su parte resaltó que *“esta ley es un antes y un después para los clubes o asociaciones que lleven adelante la formación de atletas, ya que tienen derecho a percibir por su actividad una compensación en dinero o su equivalente en especie”. Para continuar diciendo que “es aplicable a todos los deportes en todas sus disciplinas, y el Derecho establecido en esta norma se adquiere cuando el deportista se haya inscripto federativamente”*

Explicó la diputada que el período de un deportista en formación se considera *“entre los 9 y 18 años de edad”.*Y la compensación que corresponda abonar en concepto de Derecho de Formación Deportiva, “*es la suma del cinco por ciento (5%) sobre el valor bruto del pago total y por todo concepto. En los deportes colectivos se hace efectiva cuando el deportista es amateur y celebra el primer contrato profesional, y luego cada vez que se produzca una transferencia de derechos federativos o que se suscribe un nuevo contrato”.*

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